El plazo de solicitud permanece abierto hasta el 5 de junio, y se puede tramitar a través de Registro del Ayuntamiento de Teror.

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El Ayuntamiento de Teror, a través de la Concejalía de Vivienda, comunica que se ha abierto por parte del Consorcio de Vivienda de Gran Canaria la convocatoria de Ayudas para accesibilidad y comunicación en viviendas para personas en situación de vulnerabilidad 2023. El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 5 de junio de 2023, y se puede tramitar a través de Registro del Ayuntamiento de Teror.

La convocatoria, publicada en el BOP el pasado 5 de mayo 2023, está destinada a la ejecución de actuaciones que tengan como finalidad  la mejora de la accesibilidad y supresión de barreras físicas o de la comunicación, en viviendas de personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

Las personas beneficiarias podrán tener ingresos máximos por unidad familiar de hasta 25.200 euros/anuales ó 33.600 euros/anuales familias numerosas o persona con grado de discapacidad de 33% o superior. La subvención máxima por persona es de 12.000 euros. El Consorcio de Vivienda de Gran Canaria cuenta con un presupuesto ampliable de 800.000 euros.

Solicitudes

Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo que figura en el Anexo I de las Bases reguladoras. Las personas solicitantes deberán descargar la solicitud de subvención “Anexo I”, cumplimentarla y firmarla. Descargar ANEXO I SOLICITUD

Personas beneficiarias

  1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en las presentes bases, las personas físicas o unidades de convivencia que reúnan los siguientes requisitos:
  2. a) Poseer la nacionalidad española o, en el caso de personas extranjeras, tener la residencia legal en España.
  3. b) Ser propietaria del inmueble para cuya actuación se solicita la subvención; o usufructuaria, poseedora o arrendataria de la vivienda, en estos casos con autorización de la persona propietaria. También podrá solicitarla, aunque el porcentaje de la participación en la propiedad de la vivienda no alcance el 100 por 100, siempre que la misma constituya su domicilio habitual con autorización escrita del resto de personas propietarias.
  4. c) Que el inmueble cuya reparación se pretende figure en el Padrón municipal como domicilio habitual de las personas que forman la unidad de convivencia, y que la persona solicitante presente una antigüedad de al menos seis meses antes de la convocatoria. Podrá ser causa de exclusión la discordancia entre los datos que figuran en el Padrón municipal y los que figuran en la solicitud y declaración responsable de la subvención, salvo que se aporte informe de la policía local en el que se acredite que constituye su domicilio habitual y permanente desde al menos dicho periodo.
  5. d) Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. A estos efectos, se entenderá que existe una situación de vulnerabilidad económica cuando la suma de los ingresos anuales de la unidad de convivencia no supere en 3 veces el Indicador Público de Renta de efectos Múltiples (IPREM) anual, referido a catorce pagas del año anterior al de la convocatoria.

Lugar de presentación de la solicitud

Dicha solicitud podrá presentarse de forma telemática o presencial. A fin de agilizar el procedimiento administrativo se recomienda presentar la instancia en el ayuntamiento donde está situada la vivienda a rehabilitar, por lo que se aconseja acudir al ayuntamiento. No obstante, se tiene derecho a presentarla en cualquiera de los lugares habilitados por la ley (artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), que son el Cabildo de Gran Canaria, la Delegación del Gobierno de Canarias. la Comunidad Autónoma de Canarias, las Oficinas de Correos y de forma telemática a través de la sede electrónica de cualquiera de organismos públicos a los que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/201, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. > VER LUGARES