La Concejalía de Deportes incrementa a 55.000 € estas ayudas, un total de 13.000 € más que en 2021.

> VER CONVOCATORIA Y ANEXOS. El Ayuntamiento de Teror, a través de la Concejalía de Deportes, ha abierto hasta el 15 de octubre próximo el plazo de solicitud para subvencionar la actividad de los clubes deportivos del municipio para la anualidad 2022. La subvención para los/as deportistas individuales está prevista que se convoque en el mes de noviembre, con el objetivo de que puedan participar en el mayor número de competiciones oficiales, campeonatos de Canarias, España o de Europa.

La Concejalía de Deportes, que dirige la edil Laura Quintana, destinará a las ayudas a los clubes deportivos un total de 55.000 €, incrementando en 13.000 € el presupuesto asignado el pasado año, que fue de 42.000 €.

Las solicitudes tendrán que ser presentadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teror. Los modelos oficiales de presentación de la documentación podrán recogerse en la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Teror, sita en Plaza Muro Nuevo nº 2, o bien, obtenerse de la página web del Ayuntamiento de Teror, www.teror.es

Podrán ser beneficiarios de la ayuda aquellos clubes deportivos del municipio que cumplan los siguientes requisitos: estar legalmente constituidos como entidad deportiva; estar inscrito en el Registro de Asociaciones del municipio de Teror; participar en competiciones oficiales (reguladas por la Federación correspondiente) de cualquier categoría, tanto de forma individual como colectiva, de su especialidad deportiva.  En el caso de los deportes autóctonos canarios y otros que no dispongan  de federación, participar en competiciones, exhibiciones y encuentros.

Los clubes deben tener su domicilio social en el término municipal de Teror. Al menos el 70% de los deportistas del club deben estar empadronados en el municipio de Teror con una antelación mínima de 6 meses a la fecha de la solicitud de la presente subvención. (Excepto aquellos deportes minoritarios, que por razones de insuficiencia de deportistas en el municipio no puedan configurar una plantilla que pueda representar al municipio de Teror en dicha disciplina). Las instalaciones en las que habitualmente realizan los entrenamientos y la práctica deportiva deben radicar en el término municipal de Teror. Deben estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Administración Tributaria Estatal y Autonómica y con la Hacienda Municipal. haber presentado la documentación justificativa de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Teror; y no estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.