Puede tramitarse a través de la Oficina Técnica municipal y Servicios Sociales, o por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teror.

VER CONVOCATORIA Y ANEXOS. El Ayuntamiento de Teror mantiene abierto hasta el próximo lunes 24 de octubre la convocatoria de solicitud para las ayudas al fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada del Programa Regional para Combatir la Despoblación en el Medio Rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025. La solicitud de estas ayudas puede tramitarse a través de la Oficina Técnica municipal y Servicios Sociales, o por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teror, atendiendo a las bases reguladoras de esta convocatoria.

La finalidad de estas ayudas, convocadas por la Concejalía de Vivienda de Teror, que dirige el edil Ayraldo Montesdeoca, a las que se ha destinado un presupuesto de 68.685,13 €, es asegurar la rehabilitación o adecuación de viviendas de titularidad privada del entorno rural a las condiciones mínimas de habitabilidad, ahorro de consumo energético, elementos estructurales y, en definitiva, aquellas obras necesarias para el adecuado mantenimiento de las mismas, con lo que se pretende contribuir también a propiciar la permanencia o el cambio de residencia a las zonas rurales.

Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas, aquellas personas empadronados/as en Teror y residir de forma efectiva en el municipio; deberá ser propietaria o copropietaria de la vivienda; que la casa objeto de la rehabilitación constituya su residencia habitual; o que ninguno de los miembros de la unidad familiar sea titular de otra vivienda; entre otros que figuran en las bases de la convocatoria.

Entre las obras de rehabilitación en viviendas aisladas o interior de viviendas en edificios se recoge la adaptación de la vivienda a personas con diversidad funcional y movilidad reducida, tales como ampliación de espacios de circulación, cambio de puertas, instalación de señales acústicas o luminosas, etc. También la instalación de sistemas integrados de domótica que mejoren la accesibilidad y autonomía en el uso de la vivienda a personas con discapacidad funcional y movilidad reducida; reformas de cuartos húmedos (cocina, baños y aseos); instalaciones interiores eléctricas de baja tensión, sin incluir aparatos receptores; instalaciones interiores de fontanería y saneamiento; obras relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de desamiantado, carpintería exterior; refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales. En general reformas que proporcionen a las viviendas las condiciones de habitabilidad mínimas, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente, debiéndose motivar la necesidad del proyecto o actuación.